INFORMACIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS

Te acompañamos en todas las etapas de constitución, tales como:
- La elección del tipo de empresa.
- Elección de la razón social y nombre comercial.
- Establecimiento y/o determinación del objeto social.
- Determinación objetiva de la cuantía del capital social.
- Elaboración de la minuta de constitución e Inscripción en SUNARP.
- Trámite del RUC y elección del régimen tributario idóneo en SUNAT.
Absolvemos todas tus dudas sobre el procedimiento de constitución, sobre las obligaciones tributarias y demás aspectos de gestión.
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LA OFERTA DE CONSTITUCIÓN INCLUYE:
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Reserva de Nombre (razón social) en SUNARP
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Elaboración de Minuta de constitución
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Derechos Notariales (Escritura pública)
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Identificación Biometrica (RENIEC)
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Derechos Registrales (SUNARP)
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Trámite de obtención de RUC ante SUNAT **
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Capacitación empresarial SIN COSTO
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Primer mes de servicios contables SIN COSTO ***
(**) Todo trámite ante SUNAT es gratuito.
(***) Sujeto a suscripción de contrato de prestación de servicios.
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¿Qué tipo de empresa constituir?

Se trata de una sociedad diseñada para la participación de un número limitado de integrantes. Los accionistas no responden a título personal por las deudas sociales contraídas frente a terceros, sino que lo harán con el capital aportado para constituir la Sociedad.
Características:
1) El número mínimo de integrantes es 2 y máximo 20, los que pueden ser personas naturales o jurídicas.
2) Posee una figura más dinámica para su gestión en un entorno familiar.
3) La Sociedad Anónima se constituye mediante escritura pública, que contiene los Estatutos de la Sociedad. Se inscribe en Registros Públicos, a partir del cual adquiere personería jurídica.
4) Es posible establecer en el estatuto la conformación de un Directorio, sin embargo esto es facultativo, es decir no es obligatorio.
5) Las acciones no se registran en el registro Público del Mercado de Valores.
6) No hay monto mínimo ni máximo para el capital social y puede ser en bienes o en efectivo, en cuyo caso se apertura una cuenta a nombre de la empresa en constitución.
7) Requiere de la designación de un gerente general y el establecimiento de sus facultades.
Se trata de una sociedad de tipo capitalista, diseñada para la participación de un gran número de integrantes, cuyo capital está dividido en acciones que pueden ser transferidos con libertad. Los accionistas no responden a título personal por las deudas sociales contraídas frente a terceros, sino que lo harán con el capital aportado para constituir la Sociedad.
Características:
1) El número mínimo de integrantes para constituir una Sociedad Anónima es 2.
2) Se constituye mediante escritura pública, que contiene los Estatutos de la Sociedad, y que deberá ser inscrita en Registros Públicos —SUNARP—. Con la inscripción, la Sociedad Anónima adquiere personería jurídica.
3) En cuanto a la duración, y salvo disposición contraria de los Estatutos, la Sociedad tendrá duración indefinida.
4) El capital está dividido en acciones individuales. Las acciones representan, por tanto, partes alícuotas del capital social.
5) El aporte del capital social, deberá estar suscrito y pagado —Art. 52° y 285° de la Ley 26887— Ley General de Sociedades.
6) La Junta General de Accionistas es el órgano supremo de la sociedad, la que está integrada por el total de los accionistas.
7) Dispone de un Directorio, que es elegido por la Junta General de Accionistas. El número mínimo del directorio es 3 integrantes.
8) Se dispone de un Gerente General, quien es nombrado por el Directorio. Es quien representa a la empresa.
Se trata de una sociedad diseñada para la participación de un número limitado de integrantes, cuyo capital está dividido en participaciones sobre los cuales los socios gozan de preferencia para su adquisición en caso de transferencia. Los socios no responden a título personal por las deudas contraídas por la sociedad, sino que lo harán con el capital aportado para constituir la Sociedad.
Características:
1) El número mínimo de integrantes es 2 y máximo 20, los que pueden ser personas naturales o jurídicas.
2) Constituye una figura dinámica para su gestión en un entorno familiar.
3) Se constituye mediante escritura pública, que contiene los Estatutos de la Sociedad; la misma que se inscribe en Registros Públicos. Con la inscripción, la Sociedad de Responsabilidad Limitada adquiere personería jurídica..
4) En cuanto a la duración, y salvo disposición contraria de los Estatutos, la Sociedad tendrá duración indefinida.
5) El capital está dividido en participaciones. Las participaciones representan partes alícuotas del capital social.
6) La Junta General de socios es el órgano supremo de la sociedad, la que está integrada por el total de los socios.
7) Dispone de un Gerente quien es el encargado de la administración y representación de la sociedad.
La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada es un tipo de organización que permite a las personas naturales adquirir personaría jurídica. El patrimonio mediante el cual se constituye es propio, distinto al de su propietario (titular).
Características:
1) El titular es el único integrante, se trata de una persona natural con personería jurídica.
2) Es la figura ideal de empresa para emprendedores que desean iniciar un negocio y tomar todas las decisiones de forma individual.
3) Se constituye mediante escritura pública, que contiene sus Estatutos, objeto social y demás; la misma que se inscribe en Registros Públicos. Con la inscripción, la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada adquiere personería jurídica..
4) En cuanto a la duración, y salvo disposición contraria de su Estatuto, la EIRL tendrá duración indefinida.
5) El integro del capital le pertenece a su titular.
6) El propietario de la EIRL responde con su patrimonio sólo de los aportes efectuados.
7) Puede desarrollar operaciones civiles y comerciales, excepto las actividades reservadas por ley para las sociedades anónimas, como el caso de bancos y compañías de seguros.
8) Dispone de un Gerente quien generalmente es el propio titula y es el encargado de la administración y representación de la empresa.
Estos requisitos son válidos para la constitución de cualquiera de los tipos de empresas.
- Proponer de 2 a 3 nombres (razón social) para realizar la búsqueda y reserva de nombre en SUNARP.
- Indicar las actividades económicas a realizar para las consideraciones del mismo en el objeto social.
- Establecer el importe del Capital Social; estos pueden ser con aportes de bienes o de efectivo (los aportes de efectivo se depositan en una cuenta bancaria a nombre de la empresa en constitución).
- No hay monto mínimo para los aportes; por experiencia es recomendable que el capital social sumen por lo menos S/1,000
- Establecer los porcentajes de propiedad de las acciones (distribución % de los participantes)
- Designar a un gerente. Es posible designar más gerentes y/o subgerencias.
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Los participantes de la sociedad no deben tener multas pendientes en la ONPE.
Consultar aquí. - Recibo de servicio público para consignar el domicilio fiscal de la empresa.