PDT y Formularios Declara Fácil, prorrogan su uso opcional

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Prorrogan el uso opcional de los PDT y de los formularios Declara Fácil a que se refiere la única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 335-2017/SUNAT


Mediante la Resolución de Superintendencia N° 335-2017/SUNAT se creó el servicio Mis Declaraciones y pagos que permite al deudor tributario acceder a los formularios declara fácil que se aprobaron con dicha resolución para elaborar sus declaraciones determinativas y presentarlas por dicho medio, pagar su deuda tributaria y consultar sus declaraciones presentadas y pagos efectuados a través del citado servicio.
En la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia antes señalada se estableció los periodos por los cuales los deudores tributarios están obligados a utilizar —para la presentación de sus declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias, según corresponda— solo los formularios Declara Fácil 621 IGV – Renta mensual; Declara Fácil 626 – Agentes de retención; Declara Fácil 633 – Agente de percepción adquisición de combustible o Declara Fácil 697 – Agente de percepción ventas internas; así como los periodos por los cuales se puede optar por utilizar los formularios antes mencionados o los PDT N.° 621 IGV – Renta mensual, PDT N.° 626 – Agentes de retención, PDT N.° 633 – Agentes de percepción o el PDT N.° 697 – Percepciones a las ventas internas.
Es así que mediante Resolución de Superintendencia N.° 165-2018/SUNAT se estima conveniente modificar la citada disposición complementaria transitoria a fin de prorrogar el uso opcional de los referidos PDT o de los formularios Declara Fácil;

Resolución de Superintendencia N° 165-2018/SUNAT

Artículo Único. Sustitución del numeral 1 de la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT

Sustitúyase el numeral 1 de la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT por el siguiente texto:

“Única. DE LOS FORMULARIOS QUE PUEDEN SER UTILIZADOS EN EL SERVICIO MIS DECLARACIONES Y PAGOS
1. En el servicio Mis Declaraciones y pagos se utilizarán los siguientes formularios:

a) Para la presentación de las declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias correspondientes a los conceptos a que se refiere el párrafo 12.1 del artículo 12:

■ Del periodo setiembre de 2018 en adelante: Solo Declara Fácil 621 IGV – Renta mensual.

■ Del periodo enero de 2015 a agosto de 2018: PDT N.° 621 IGV – Renta mensual o Declara Fácil 621 IGV – Renta mensual.

■ Para periodos anteriores a enero de 2015: Solo PDT N.° 621 IGV – Renta mensual.

b) Para la presentación de las declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias correspondientes a los conceptos a que se refieren los literales a), b) y c) del párrafo 13.1 del artículo 13, según corresponda:

■ Del periodo setiembre de 2018 en adelante: Solo Declara Fácil 626 – Agentes de retención, Declara Fácil 633 – Agente de percepción adquisición de combustible o Declara Fácil 697 – Agente de percepción ventas internas.

■ Del periodo enero de 2016 a agosto de 2018: PDT N.° 626 – Agentes de Retención o Declara Fácil 626 – Agentes de retención; PDT N.° 633 – Agentes de Percepción o Declara Fácil 633 – Agente de percepción adquisición de combustible o PDT N.° 697 – Percepciones a las ventas internas o Declara Fácil 697 – Agente de percepción ventas internas.

■ Para periodos anteriores a enero de 2016: Solo PDT N.° 626 – Agentes de Retención, PDT N.° 633 – Agentes de Percepción o PDT N.° 697 – Percepciones a las ventas internas.

(…)”.

Acceso a la Resolución completa Click Aquí.

Fuente: SUNAT

Saúl Palacin

Mg. CPC. asesor contable y tributario, especialista en implementación de sistemas de gestión contable y administrativa.

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